Valor de salida288.600 €tipo de la subasta · el avalúo menos las cargas anteriores (art. 666.1 LEC)
Remate esperado225.108 €78 % del valor · 773 casos comparables
Deuda reclamada301.893 €sale por 1,0 veces la deuda
Depósito para pujar14.430 €sin fecha de cierre publicada
Este expediente no publica fecha de cierre.
No se puede vigilar el plazo automáticamente. Conviene confirmarlo con el juzgado.
Con lo que se paga en subastas parecidas, su vivienda se rematará por unos 225.108 €, y es posible que eso no cubra la deuda entera, así que podría seguir debiendo dinero después. Cuéntenos su caso y le decimos qué se puede hacer, gratis y sin compromiso.
Desproporción muy alta, sin remanente esperable o sin margen de plazo.
Cómo lo calculamos, punto por punto
-18Probablemente no quede remanenteCon el remate esperado de su grupo, lo que se obtenga no cubriría la deuda con holgura. La subasta no resolvería el problema por sí sola.
-6Se rematará por debajo del valor de salidaEn Vivienda de MADRID la puja mediana se queda en el 78 % del valor de salida, medido sobre 773 casos. El valor de salida no es lo que se va a pagar.
-5No consta tasación en el expedienteSin valor de tasación no hay ancla objetiva de precio frente a la que oponerse. Le pasa a tres de cada cuatro expedientes. Una pericial contradictoria puede fijarlo.
+4Se sabe con quién hay que hablarEjecuta una entidad bancaria, y la vía es departamento de recuperaciones. Hasta que se apruebe el remate se puede liberar el bien pagando principal, intereses y costas —artículo 670.7 de la Ley de Enjuiciamiento Civil—, y eso se negocia, no se pide.
Puntuación sobre 100 partiendo de 50 neutro; cada factor suma o resta lo que se indica. Confianza del análisis: media — falta 1 dato que el portal no publica.
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Cómo lo verá quien puje
Operación desaconsejable
Los riesgos y el precio juegan en contra.
Cómo lo calculamos, punto por punto
+10Por debajo de su comparableSale al 58 % de la mediana de su uso y provincia.
-9Cargas sin cuantificarEl expediente remite a la certificación registral («ver nota simple o certificación registral. La hipoteca que t») sin decir de cuánto. Hay cargas que subsistirán —artículo 670.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: el adjudicatario queda subrogado en ellas— y no se sabe por qué importe. La certificación se pide al juzgado, y conviene tenerla antes de que se celebre.
-8Ejecuta un bancoEl ejecutante puede pujar sin consignar depósito (art. 647.2 de la Ley de Enjuiciamiento Civil) y tiene motivo para llegar hasta cubrir su crédito. Es el postor más difícil de superar en una subasta hipotecaria.
-8Es frecuente superar el valor de salidaEn el 30 % de los casos comparables la puja pasó del valor de salida.
-4Sin fecha de cierre publicadaNo se puede planificar la puja ni vigilar el plazo automáticamente. Le ocurre a uno de cada cinco expedientes.
·Depósito del 5,0 %14.430 € inmovilizados para poder pujar. Es el mínimo que la ley pedía para los procedimientos anteriores a abril de 2025, así que no distingue a este expediente de los demás de su época.
La misma subasta se lee distinto desde cada lado, y al titular le conviene saber lo que ve el mercado: cuanto menos atractiva resulte la operación, menos competencia habrá y más bajo se rematará lo suyo. Confianza del análisis: media — falta 1 dato que el portal no publica.
Dos incógnitas se repiten en casi todas las subastas judiciales.
Restar por algo que ocurre siempre hundiría todas las notas sin distinguir
un inmueble de otro, así que van aquí y no en la puntuación. Pero hay que
contar con ellas antes de pujar.
La situación posesoria casi nunca se acredita
En el 92,6 % de los expedientes vigilados el portal declara «No consta». Puede estar ocupado, y el desalojo añade meses y coste. No se resta por ello porque no distingue a este inmueble de ningún otro: es el riesgo de comprar en subasta judicial, y hay que darlo por supuesto en cualquier puja.
La visita casi nunca se acredita
En el 65,0 % de los casos no consta que se pueda inspeccionar. El estado de conservación es una incógnita que en un inmueble antiguo puede ser una reforma entera. Tampoco resta, por lo mismo.
Trabajamos para quien nos contrate primero en cada expediente.
Si ya estamos actuando para una de las partes, no aceptamos el encargo de la
contraria. Además de ser lo correcto, un informe emitido con contraposición de
intereses es tachable conforme al artículo 343.1 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil —su causa 2.ª, tener interés directo o indirecto
en el asunto o en otro semejante, y la 3.ª, contraposición de intereses con
alguna de las partes—. La tacha no aparta al perito ni anula el dictamen: el
artículo 344.2 dispone que el tribunal la tenga en cuenta, sin más trámites,
al valorar la prueba. Es decir, no lo tira; le resta la fuerza
justo cuando hace falta que la tenga.
¿Hay margen aquí?
Lo medido y lo que falta, separado. Lo primero sale de casos reales; lo
segundo no lo publica el Portal en ningún expediente.
Se remata al 78 % del valor de salida,
que es la mediana de 773 casos comparables en Madrid.
Sobre 288.600 € de salida, eso sitúa el remate esperado en
225.108 €.
Eso es el precio, no el beneficio. Para saber si hay
margen faltan cuatro cosas, y ninguna consta en el expediente:
La posesión. El Portal declara «No consta» en el 92,6 % de los expedientes que vigilamos,
y este es uno de ellos. Si está ocupado, el desalojo añade meses y coste
antes de poder vender.
El estado. No consta que se pueda inspeccionar, como en el 65,0 % de los casos. En un
inmueble antiguo la diferencia entre entrar y reformar entero no la
absorbe ningún descuento.
El impuesto, y no es lo que parece. El suelo son
17.316 € —el 6 % que la ley aplica cuando la comunidad no ha
aprobado tipo propio, artículo 11 del texto refundido—, y casi todas lo
han aprobado por encima. Pero lo que decide la cifra es otra cosa: el
artículo 39 del Reglamento dice que en subasta pública la base es
lo pagado, y el artículo 10.2 del texto refundido, tras la Ley
11/2021, dice que en inmuebles es el valor de referencia del
Catastro. Si manda el segundo, rematar barato no abarata el
impuesto — y ese valor no se puede consultar sin certificado, así que no
se sabe antes de pujar. Comprobado en el BOE consolidado el
2026-07-31.
Las cargas anteriores. Subsisten tras la adjudicación
—arts. 668.2 y 670.5 LEC, o art. 97.6 del Reglamento General de Recaudación
en un apremio administrativo— y hay que comprobarlas en el Registro antes de
pujar, no después.
Por eso no publicamos un porcentaje de beneficio: sería inventarlo. Lo que
sí se puede hacer es cerrar esas cuatro incógnitas con una
tasación pericial firmada, que es lo que convierte
un descuento medido en una decisión.
Ficha catastral
Uso
Residencial
Superficie construida
227 m²
De la que es privativa
89 m²el resto son elementos comunes
Año de construcción
199036 años
Situación en el edificio
escalera T · planta OD · puerta OS
Participación
100 %cuota en los elementos comunes
Precio por metro de salida
1.271 €/m²
Frente a su comparable
58 % de la mediana2.185 €/m² en Residencial de Madrid
Dirección catastral
CL Viña la 22 28696 Pelayos de la Presa (Madrid)
Desglose de lo construido
Almacen
89 m²
Deportivo
49 m²
Vivienda
89 m²
Datos de la Dirección General del Catastro, fuente pública.
No incluyen titularidad, que es dato protegido y que no manejamos.
Punto exacto de la parcela, según la cartografía del Catastro.
Datos del expediente
Identificador
SUB-JA-2026-266362
Tipo
JUDICIAL EN VÍA DE APREMIO
Estado
Anunciada, sin fechas
Órgano
Sec. Civil e Inst. TI Navalcarnero. Plz.n 3
Valor de salida
288.600 €
Cantidad reclamada
301.893 €
Tasación en el expediente
No consta
Depósito para pujar
14.430 €
Tramos entre pujas
5.772 €
Cierre
No publicado
Cargas anteriores
ver nota simple o certificación registral. La hipoteca que trae causa 5ª (subrogada por la 6ª)«ver nota simple o certificación registral. La hipoteca que trae causa 5ª (subrogada por la 6ª)» — hay cargas y el expediente no dice de cuánto
Referencia catastral
6882614UK8668s0001FZ
Inscripción registral
Inscrita al folio 16 del libro 31, tomo 440 del Registro de la Propiedad de San Martin de Valdeiglesias Finca 2896 de Pelayos de la Presa
La mitad de los casos comparables se remató entre
167.388 € y 309.411 €.
Comparable usado
Vivienda · Madrid
Casos observados
773
Fracción mediana del valor de salida
78 %
Salido de subastas ya concluidas que hemos observado antes de que el BOE
cerrase su acceso. No es una tasación: es lo que ha pasado en casos
parecidos. Lo que sostiene una decisión es la pericial firmada.
Relación entre deuda y valor
1,0×
Sale por 1,0 veces la deuda que lo origina.
Remanente teórico
-13.293 €sobre el valor de salida
Remanente esperado
0 €aplicando el remate mediano del 78 % de Vivienda · Madrid
Horquilla
0 € – 119.463 €percentiles 10 y 90
El valor de salida no es un precio: El remanente teórico usa el valor de salida. El esperado aplica el remate mediano de los 773 casos comparables de su tipo y provincia: 78 %. La horquilla cubre del percentil 10 al 90.
Ninguna de estas cifras descuenta costas, intereses ni cargas anteriores.
Riesgos detectados
Situación posesoria no acreditada
El portal declara "No consta (titularidad del ejecutado 100% del pleno dominio con carácter privativo por título de compraventa (4ª))". Puede estar ocupado y el desalojo añade tiempo y coste imposibles de estimar desde aquí.
Tasación no consta (0,00 €)
Sin valor de tasación en el expediente no hay ancla objetiva de precio. Es exactamente el hueco de una pericial.
Visita no acreditada
No consta que se pueda inspeccionar. El estado de conservación es una incógnita con impacto directo en el coste.
¿Qué puede hacer ahora?
Este análisis sale de datos públicos y es orientativo. Lo que decide un
procedimiento es una tasación pericial firmada, y eso
solo lo puede emitir un perito.
Si es usted el titular del inmueble, indíquelo al pedir el informe: el
enfoque para defender un patrimonio no es el mismo que para comprarlo, y
no trabajamos para los dos lados del mismo expediente.
De dónde sale esta página, y cómo se quita
Todo lo que hay aquí procede del anuncio de la subasta y del Portal de
Subastas del BOE, que son públicos. No guardamos el nombre de
ninguna persona. El art. 645.1 LEC prevé que la
subasta se publicite «utilizando los medios públicos y privados que sean
más adecuados», y a eso responde esta ficha.
Si el bien es suyo y no quiere que esta página aparezca en los buscadores,
dígalo aquí y deja de indexarse. No hace falta que se identifique
ni que explique nada — no se lo vamos a preguntar y no queremos
guardarlo.
Se anota el identificador del expediente y la fecha, nada más.
Ver el aviso legal.