Concurso de acreedores en Ciudad Real
Leemos el Boletín Oficial del Registro Mercantil todos los días. En Ciudad Real constan 411 sociedades con este acto inscrito. Si una es la suya, lo que le interesa no es el dato: es lo que sigue.
Qué significa para quien la administra
El concurso lo dirige el juzgado y por sí solo no hace responder al administrador; lo decide la calificación. Si es culpable, el art. 456 permite condenarle a cubrir el déficit, y pedirlo tarde —art. 5, dos meses— es de lo que la agrava.
Base legal: arts. 5 y 456 TRLC. Va dirigido al órgano de administración.
Las últimas publicadas
De la 401 a la 411 de Ciudad Real, de lo último a lo primero. En todas consta Concurso de acreedores; debajo de cada nombre va lo demás que hay inscrito. Cada una tiene su ficha con la historia completa.
| Sociedad | Municipio | Inscrito |
|---|---|---|
| ALKAMIA GROUP, SOCIEDAD LIMITADASociedad unipersonal · Constitución | ALCAZAR DE SAN JUAN | 10/11/2010 |
| HORTOFRUTICOLA DE LA MANCHA, SOCIEDAD LIMITADALiquidación | no consta | 28/10/2010 |
| MADERAS Y CHAPAS VALDEPEÑAS, SOCIEDAD LIMITADA | no consta | 11/10/2010 |
| DEMOLICIONES TOMELLOSO SL | no consta | 12/04/2010 |
| PROCEMI, SOCIEDAD LIMITADA | no consta | 03/09/2009 |
| ESTRUCTURAS JUVISA, SOCIEDAD LIMITADA | no consta | 10/08/2009 |
| JARDINERIA LAS JARAS, SOCIEDAD LIMITADA | no consta | 19/06/2009 |
| FER 60, SOCIEDAD LIMITADA | no consta | 16/06/2009 |
| ALCACONS SL | no consta | 01/06/2009 |
| ASESORAMIENTO FISCAL Y GESTION DE EMPRESAS, SOCIEDAD LIMITADA | no consta | 27/03/2009 |
| DUO SOLUCIONES INMOBILIARIAS, SOCIEDAD LIMITADA | no consta | 24/03/2009 |
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Lo mismo en otras provincias
Madrid 14.625Valencia 7800Alicante 3453Vizcaya 2981Sevilla 2576Murcia 2350Zaragoza 2235Barcelona 2061A Coruña 1960Baleares 1931Málaga 1880Pontevedra 1798Guipúzcoa 1637Asturias 1551Castellón 1469Girona 1408Las Palmas 1182Tarragona 1063Navarra 1020S. C. de Tenerife 938Cádiz 881Cantabria 798Granada 790Álava 778
De dónde sale esto
Del BORME, que es de acceso libre. Los actos inscritos solo son oponibles a terceros desde que se publican ahí —art. 21.1 del Código de Comercio—, y esa publicidad es justamente su finalidad.
No guardamos el nombre de ninguna persona física. De una sociedad guardamos su denominación, que es la de una persona jurídica, y el acto inscrito.
¿Es su sociedad?
El asesoramiento inicial es gratuito y lo presta un abogado colegiado.