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Registro Mercantil de Málaga · hoja MA-46262

GESTION DE INNOVACION Y MODERNIZACION SL

Insolvencia declarada por un juzgadoAmpliación de capital

Lo que consta es de trámite.

Qué significa insolvencia declarada por un juzgado

Un juzgado ha declarado que la sociedad no puede pagar. Eso pone en juego el deber de solicitar concurso (art. 5) y, si después se declara culpable, la posible responsabilidad por el déficit (art. 456).

No es, por sí sola, una condena al administrador; pero una insolvencia declarada pone en juego el deber de solicitar concurso (art. 5) y suele llevar al acreedor a buscar a otro que responda.

Base legal: arts. 5 y 456 TRLC. Va dirigido al órgano de administración.

Sin coste y sin compromiso. No hace falta contratar nada para preguntar.

Lo que publica el Registro

Quién la administra Los nombres que publica el Registro están en el anuncio oficial — nosotros no los almacenamos: la ley no permite reutilizarlos.
Domicilio social Málaga Lo tenemos completo y no lo publicamos: esta página no es una lista de direcciones para nadie. Se lo confirmamos al llamar.

Todo lo de esta ficha se puede comprobar en el boletín oficial. Cuando usted llame, se lo contamos con el anuncio delante.

Su vida en el Registro, de un vistazo Cada punto es un día de publicación. Cuanto más oscuro, más grave el acto. 2015 2020 2025 10/04/2013 — Ampliación de capital 18/02/2016 — Ampliación de capital 19/04/2016 — Insolvencia declarada por un juzgado 01/03/2018 — Insolvencia declarada por un juzgado
4publicaciones en el BORME
hace 8 añosla última vez que se publicó algo · vigilada desde 2013
2tipos de acto inscritos
1.200.000 €capital publicado

Qué significa cada uno de estos actos

Uno a uno, con la consecuencia que tiene para quien administra la sociedad. No es nuestra opinión: es lo que dice la norma.

Insolvencia declarada por un juzgado

Un juzgado —casi siempre de lo Social— ha declarado que la sociedad no tiene con qué pagar una ejecución. Es una constatación judicial de que no hay patrimonio, y suele preceder a que el acreedor busque otro responsable.

Ampliación de capital

Ha entrado dinero. Es lo contrario de una señal de apuro y sirve para no dar por hundida a una sociedad que se está recapitalizando.

Su historia en el BORME

Una línea por día de publicación. Cada una enlaza con el anuncio original para que no tenga que creernos.

FechaQué se inscribióAnuncio
01/03/2018 Insolvencia declarada por un juzgado BORME-A-2018-43-29
19/04/2016 Insolvencia declarada por un juzgado BORME-A-2016-74-29
18/02/2016 Ampliación de capital BORME-A-2016-33-29
10/04/2013 Ampliación de capital BORME-A-2013-67-29

Lo que consta

DenominaciónGESTION DE INNOVACION Y MODERNIZACION SL
Hoja registralMA-46262es lo que identifica a una sociedad: no cambia aunque cambie el nombre
RegistroMálaga
Domicilio socialno consta en las publicaciones que hemos leído
Capital1.200.000 €
Primera publicación10/04/2013
Última publicación01/03/2018

Por qué se lo preguntaría a nosotros

De Málaga tenemos 3658 sociedades con insolvencia declarada por un juzgado inscrita, leídas una a una del boletín. La suya es una de ellas, y sabemos exactamente lo mismo de las otras.

No somos un directorio de empresas: eso ya existe. Lo que hacemos es leer qué se ha inscrito y decirle qué le toca a usted, con el artículo delante para que lo compruebe.

2.695.449sociedades vigiladas
50días de boletín leídos, desde 2009
14.908subastas medidas, por si acaba habiendo una
5abogados colegiados · el asesoramiento lo presta un profesional, no un formulario

Y algo que casi nadie hace: si su sociedad acaba en una subasta, la parte de enfrente ya la tenemos medida —a cuánto se remata de verdad, provincia por provincia—. No es lo mismo negociar sabiendo eso que sin saberlo.

No es la única en su situación

En Málaga hay más sociedades con esto mismo inscrito, y les afecta lo mismo: Insolvencia declarada por un juzgado en Málaga — 3658 en total.

Y si no hace nada

Quien no cobró de la sociedad suele intentar cobrar de quien la administró. Y si la insolvencia obliga a un concurso, pedirlo tarde agrava la calificación —y con ella la posible cobertura del déficit (art. 456)—. Conviene ordenar qué se debe y desde cuándo antes de que haya una reclamación.

No decimos que le vaya a pasar: decimos lo que dice la norma que hemos citado arriba. Si su caso no encaja, en la consulta se lo decimos también — y no le cobramos por eso.

¿Es su sociedad? Pregúntenos, no cuesta nada

El asesoramiento inicial es gratuito y lo presta un abogado colegiado. Le decimos qué le afecta, qué plazos corren y qué se puede hacer. Si después quiere que actuemos, se lo presupuestamos; si no, se queda con la respuesta.

  • No hace falta contratar nada para preguntar.
  • No vendemos sus datos: todo lo de esta página es público y está enlazado arriba.
  • No trabajamos para las dos partes. Si ya estamos actuando para alguien en su asunto, se lo decimos y no aceptamos el encargo — art. 343.1 LEC.

De dónde sale esto

Del BORME, que es de acceso libre. Los actos inscritos solo son oponibles a terceros desde que se publican ahí —art. 21.1 del Código de Comercio—, y esa publicidad es justamente su finalidad.

No guardamos el nombre de ninguna persona física. El BORME los publica —administradores, liquidadores, auditores— y nuestro lector los recorta antes de que lleguen al disco. De una sociedad guardamos su denominación, que es la de una persona jurídica, y el acto inscrito.

Si ha llegado aquí por una carta nuestra, esta es la página que la respalda: todo lo que dice el sobre está arriba, con su enlace al boletín.

¿Prefiere que esta página no salga en los buscadores, o que no volvamos a escribirle? Se pide aquí y se atiende sin preguntar nada.