Suma Gestión Tributaria. Diputación de Alicante (Suma Gestión Tributaria)
Ref. catastral
2610338YH2921N0012LB
Valor de salida97.460 €tipo de la subasta · el avalúo menos las cargas anteriores (art. 666.1 LEC)
Remate esperado68.222 €70 % del valor · 812 casos comparables · de otra clase de subasta
Deuda reclamada3.667 €sale por 26,6 veces la deuda
Depósito para pujar4.873 €sin fecha de cierre publicada
Este expediente no publica fecha de cierre.
No se puede vigilar el plazo automáticamente. Conviene confirmarlo con el órgano de recaudación.
Con lo que se paga en subastas parecidas, su vivienda se rematará por unos 68.222 €, y por encima de la deuda podrían quedar unos 64.555 € que son suyos y que hay que reclamar. Cuéntenos su caso y le decimos qué se puede hacer, gratis y sin compromiso.
Se va a perder mucho más de lo que se debe, o queda muy poco tiempo.
Cómo lo calculamos, punto por punto
-26Desproporción extrema entre deuda y valorEl inmueble sale por 26.6 veces la deuda que lo origina. Se está ejecutando un patrimonio muy superior a lo reclamado.
+8Cabe esperar remanenteSi se remata en la mediana de su grupo quedarían unos 64.555 € después de pagar la deuda, antes de costas, intereses y cargas anteriores.
+6Es vivienda habitualEl artículo 670.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil impide aprobar el remate por menos del 70 % del valor de subasta, salvo que se haga por la cantidad debida al ejecutante por todos los conceptos, y aun así con un suelo del 60 %. Es un suelo de precio que los demás inmuebles no tienen.
-6Se rematará por debajo del valor de salidaEn Vivienda de ALICANTE/ALACANT la puja mediana se queda en el 70 % del valor de salida, medido sobre 812 casos. El valor de salida no es lo que se va a pagar.
Puntuación sobre 100 partiendo de 50 neutro; cada factor suma o resta lo que se indica. Confianza del análisis: alta.
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Cómo lo verá quien puje
Operación desaconsejable
Los riesgos y el precio juegan en contra.
Cómo lo calculamos, punto por punto
-14Ocupado, sin derecho de permanenciaHay ocupantes y no tienen título que oponer, así que el bien se recupera — pero por la vía del lanzamiento, que añade meses y coste antes de poder vender o alquilar. Es dinero que no aparece en ninguna cifra del expediente.
+10Por debajo de su comparableSale al 66 % de la mediana de su uso y provincia.
-9Cargas sin cuantificarEl expediente remite a la certificación registral («1 - Servidumbre de acueducto, en favor de las tierras, que n») sin decir de cuánto. Hay cargas que subsistirán —artículo 97.6 del Reglamento General de Recaudación: el precio del remate no las extingue— y no se sabe por qué importe. La certificación se pide al órgano de recaudación, y conviene tenerla antes de que se celebre.
-4Sin fecha de cierre publicadaNo se puede planificar la puja ni vigilar el plazo automáticamente. Le ocurre a uno de cada cinco expedientes.
·El comparable es de otra clase de subastaLos comparables son de subastas judiciales en vía de apremio, y esta no lo es. Se rige por otras reglas de puja y adjudicación, así que la estimación orienta pero no está medida sobre subastas como esta. Sirve para orientarse; para decidir una puja hace falta contar con que las reglas de adjudicación son distintas.
·No se sabe quién ejecutaLa autoridad gestora no publica el acreedor (oculto por la autoridad gestora). Sin saberlo no se puede anticipar si habrá un postor con motivo para llegar lejos, que es lo que decide una puja.
La misma subasta se lee distinto desde cada lado, y al titular le conviene saber lo que ve el mercado: cuanto menos atractiva resulte la operación, menos competencia habrá y más bajo se rematará lo suyo. Confianza del análisis: baja — faltan 3 datos que el portal no publica.
Dos incógnitas se repiten en casi todas las subastas judiciales.
Restar por algo que ocurre siempre hundiría todas las notas sin distinguir
un inmueble de otro, así que van aquí y no en la puntuación. Pero hay que
contar con ellas antes de pujar.
La situación posesoria casi nunca se acredita
En el 92,6 % de los expedientes vigilados el portal declara «No consta». Puede estar ocupado, y el desalojo añade meses y coste. No se resta por ello porque no distingue a este inmueble de ningún otro: es el riesgo de comprar en subasta judicial, y hay que darlo por supuesto en cualquier puja.
La visita casi nunca se acredita
En el 65,0 % de los casos no consta que se pueda inspeccionar. El estado de conservación es una incógnita que en un inmueble antiguo puede ser una reforma entera. Tampoco resta, por lo mismo.
Trabajamos para quien nos contrate primero en cada expediente.
Si ya estamos actuando para una de las partes, no aceptamos el encargo de la
contraria. Además de ser lo correcto, un informe emitido con contraposición de
intereses es tachable conforme al artículo 343.1 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil —su causa 2.ª, tener interés directo o indirecto
en el asunto o en otro semejante, y la 3.ª, contraposición de intereses con
alguna de las partes—. La tacha no aparta al perito ni anula el dictamen: el
artículo 344.2 dispone que el tribunal la tenga en cuenta, sin más trámites,
al valorar la prueba. Es decir, no lo tira; le resta la fuerza
justo cuando hace falta que la tenga.
¿Hay margen aquí?
Lo medido y lo que falta, separado. Lo primero sale de casos reales; lo
segundo no lo publica el Portal en ningún expediente.
Se remata al 70 % del valor de salida,
que es la mediana de 812 casos comparables en Alicante.
Sobre 97.460 € de salida, eso sitúa el remate esperado en
68.222 €.
Eso es el precio, no el beneficio. Para saber si hay
margen faltan cuatro cosas, y ninguna consta en el expediente:
La posesión, y aquí SÍ consta.
El Portal declara: «Ocupantes sin derecho de permanencia». Le ocurre a 312 de 4199 expedientes, así que es de las pocas veces que esta incógnita está despejada.
El estado. No consta que se pueda inspeccionar, como en el 65,0 % de los casos. En un
inmueble antiguo la diferencia entre entrar y reformar entero no la
absorbe ningún descuento.
El impuesto, y no es lo que parece. El suelo son
5.848 € —el 6 % que la ley aplica cuando la comunidad no ha
aprobado tipo propio, artículo 11 del texto refundido—, y casi todas lo
han aprobado por encima. Pero lo que decide la cifra es otra cosa: el
artículo 39 del Reglamento dice que en subasta pública la base es
lo pagado, y el artículo 10.2 del texto refundido, tras la Ley
11/2021, dice que en inmuebles es el valor de referencia del
Catastro. Si manda el segundo, rematar barato no abarata el
impuesto — y ese valor no se puede consultar sin certificado, así que no
se sabe antes de pujar. Comprobado en el BOE consolidado el
2026-07-31.
Las cargas anteriores. Subsisten tras la adjudicación
—arts. 668.2 y 670.5 LEC, o art. 97.6 del Reglamento General de Recaudación
en un apremio administrativo— y hay que comprobarlas en el Registro antes de
pujar, no después.
Por eso no publicamos un porcentaje de beneficio: sería inventarlo. Lo que
sí se puede hacer es cerrar esas cuatro incógnitas con una
tasación pericial firmada, que es lo que convierte
un descuento medido en una decisión.
Ficha catastral
Uso
Residencial
Superficie construida
103 m²
De la que es privativa
88 m²el resto son elementos comunes
Año de construcción
200917 años
Situación en el edificio
escalera 1 · planta 3 · puerta F
Participación
5,97 %cuota en los elementos comunes
Precio por metro de salida
946 €/m²
Frente a su comparable
66 % de la mediana1.436 €/m² en Residencial de Alicante
Dirección catastral
AV PAIS VALENCIA 26(B) Es:1 Pl:03 Pt:F 03820 COCENTAINA (ALICANTE)
Desglose de lo construido
Vivienda
88 m²
Elementos Comunes
15 m²
Datos de la Dirección General del Catastro, fuente pública.
No incluyen titularidad, que es dato protegido y que no manejamos.
Punto exacto de la parcela, según la cartografía del Catastro.
Datos del expediente
Identificador
SUB-RC-2026-0026I20250274
Tipo
RECAUDACIÓN TRIBUTARIA
Estado
Anunciada, sin fechas
Órgano
Suma Gestión Tributaria. Diputación de Alicante (Suma Gestión Tributaria)
Valor de salida
97.460 €
Cantidad reclamada
3.667 €
Tasación en el expediente
97.460 €
Depósito para pujar
4.873 €
Puja mínima
48.730 €
Tramos entre pujas
3.000 €
Cierre
No publicado
Cargas anteriores
1 - Servidumbre de acueducto, en favor de las tierras, que no se concretan, de Juan Montoya Alarcon, hoy de José Barrachina Jordá, por procedencia de la finca 14/19053.. 2 - Servidumbre real de desagüe, a favor de la finca 6352, por procedencia de la finca 14/19053.. 3 - En cuanto a la fachada derecha del edificio, mirando al mismo desde la avenida Pais Valencia y recayente al huerto de la calle Bta. Torró Agulló y tierras de Vicente Pascual Fenollar, se hace constar que la mercantil Promogions Pinar de Garaita S.L. ha convenido con Ramón Gisbert Abad, la cesión al mismo, sus sucesores y/o terceros extraños, tanto personas físicas como jurídicas, del derecho, a USAR DE DICHA FACHADA PARA INSTALACION DE PUBLICIDAD. Por fallecimiento de Ramón Gisbert Abad, ha quedado inscrito dicho derecho a favor DON RAMON Y DON MAURO GISBERT MENGUAL, por herencia según resulta de la inscripción 7a.«1 - Servidumbre de acueducto, en favor de las tierras, que no se concretan, de Juan Montoya Alarcon, hoy de José Barrachina Jordá, por procedencia de la finca 14/19053.. 2 - Servidumbre real de desagüe, a favor de la finca 6352, por procedencia de la finca 14/19053.. 3 - En cuanto a la fachada derecha del edificio, mirando al mismo desde la avenida Pais Valencia y recayente al huerto de la calle Bta. Torró Agulló y tierras de Vicente Pascual Fenollar, se hace constar que la mercantil Promogions Pinar de Garaita S.L. ha convenido con Ramón Gisbert Abad, la cesión al mismo, sus sucesores y/o terceros extraños, tanto personas físicas como jurídicas, del derecho, a USAR DE DICHA FACHADA PARA INSTALACION DE PUBLICIDAD. Por fallecimiento de Ramón Gisbert Abad, ha quedado inscrito dicho derecho a favor DON RAMON Y DON MAURO GISBERT MENGUAL, por herencia según resulta de la inscripción 7a.» — hay cargas y el expediente no dice de cuánto
Referencia catastral
2610338YH2921N0012LB
Inscripción registral
Registro de la propiedad 1 de COCENTAINA, Tomo 1438, Libro 376, Folio 162, Finca Registral num. 20066
La mitad de los casos comparables se remató entre
52.504 € y 97.065 €.
Comparable usado
Vivienda · Alicante
Casos observados
812
Fracción mediana del valor de salida
70 %
Salido de subastas ya concluidas que hemos observado antes de que el BOE
cerrase su acceso. No es una tasación: es lo que ha pasado en casos
parecidos. Lo que sostiene una decisión es la pericial firmada.
Relación entre deuda y valor
26,6×
Sale por 26,6 veces la deuda que lo origina.
Remanente teórico
93.792 €sobre el valor de salida
Remanente esperado
64.555 €aplicando el remate mediano del 70 % de Vivienda · Alicante
Horquilla
35.317 € – 126.585 €percentiles 10 y 90
El valor de salida no es un precio: El remanente teórico usa el valor de salida. El esperado aplica el remate mediano de los 812 casos comparables de su tipo y provincia: 70 %. La horquilla cubre del percentil 10 al 90.
Ninguna de estas cifras descuenta costas, intereses ni cargas anteriores.
Riesgos detectados
Situación posesoria no acreditada
El portal declara "Ocupantes sin derecho de permanencia". Puede estar ocupado y el desalojo añade tiempo y coste imposibles de estimar desde aquí.
Es vivienda habitual del ejecutado
Cambia el régimen de protección del deudor y la dificultad del lanzamiento. Requiere criterio jurídico, no algoritmo.
Visita no acreditada
No consta que se pueda inspeccionar. El estado de conservación es una incógnita con impacto directo en el coste.
¿Qué puede hacer ahora?
Este análisis sale de datos públicos y es orientativo. Lo que decide un
procedimiento es una tasación pericial firmada, y eso
solo lo puede emitir un perito.
Si es usted el titular del inmueble, indíquelo al pedir el informe: el
enfoque para defender un patrimonio no es el mismo que para comprarlo, y
no trabajamos para los dos lados del mismo expediente.
De dónde sale esta página, y cómo se quita
Todo lo que hay aquí procede del anuncio de la subasta y del Portal de
Subastas del BOE, que son públicos. No guardamos el nombre de
ninguna persona. El art. 645.1 LEC prevé que la
subasta se publicite «utilizando los medios públicos y privados que sean
más adecuados», y a eso responde esta ficha.
Si el bien es suyo y no quiere que esta página aparezca en los buscadores,
dígalo aquí y deja de indexarse. No hace falta que se identifique
ni que explique nada — no se lo vamos a preguntar y no queremos
guardarlo.
Se anota el identificador del expediente y la fecha, nada más.
Ver el aviso legal.