Valor de salida246.747 €tipo de la subasta · el avalúo menos las cargas anteriores (art. 666.1 LEC)
Remate esperado138.179 €56 % del valor · 338 casos comparables
Deuda reclamada171.571 €sale por 1,4 veces la deuda
Depósito para pujar12.337 €sin fecha de cierre publicada
Este expediente no publica fecha de cierre.
No se puede vigilar el plazo automáticamente. Conviene confirmarlo con el juzgado.
Con lo que se paga en subastas parecidas, su vivienda se rematará por unos 138.179 €, y es posible que eso no cubra la deuda entera, así que podría seguir debiendo dinero después. Cuéntenos su caso y le decimos qué se puede hacer, gratis y sin compromiso.
Desproporción muy alta, sin remanente esperable o sin margen de plazo.
Cómo lo calculamos, punto por punto
-18Probablemente no quede remanenteCon el remate esperado de su grupo, lo que se obtenga no cubriría la deuda con holgura. La subasta no resolvería el problema por sí sola.
-14Se rematará muy por debajo del valor de salidaEn Vivienda de MURCIA la puja mediana se queda en el 56 % del valor de salida, medido sobre 338 casos. Vender antes del remate suele obtener bastante más.
-10El valor de salida engañaSobre el valor de salida parecerían quedar 75.176 €; con el remate real de su grupo, no quedaría nada.
-5No consta tasación en el expedienteSin valor de tasación no hay ancla objetiva de precio frente a la que oponerse. Le pasa a tres de cada cuatro expedientes. Una pericial contradictoria puede fijarlo.
Puntuación sobre 100 partiendo de 50 neutro; cada factor suma o resta lo que se indica. Confianza del análisis: media — falta 1 dato que el portal no publica.
51
Cómo lo verá quien puje
Operación dudosa
Pesan más los inconvenientes que las ventajas.
Cómo lo calculamos, punto por punto
+14Su grupo se remata baratoEn Vivienda de MURCIA la puja mediana se queda en el 56 % del valor de salida, sobre 338 casos. Hay margen para entrar por debajo.
-9Cargas sin cuantificarEl expediente remite a la certificación registral («Se cancelan la carga registral que da lugar a esta subasta y») sin decir de cuánto. Hay cargas que subsistirán —artículo 670.5 de la Ley de Enjuiciamiento Civil: el adjudicatario queda subrogado en ellas— y no se sabe por qué importe. La certificación se pide al juzgado, y conviene tenerla antes de que se celebre.
-4Sin fecha de cierre publicadaNo se puede planificar la puja ni vigilar el plazo automáticamente. Le ocurre a uno de cada cinco expedientes.
·No se sabe quién ejecutaLa autoridad gestora no publica el acreedor (oculto por la autoridad gestora). Sin saberlo no se puede anticipar si habrá un postor con motivo para llegar lejos, que es lo que decide una puja.
·En precio de mercado para su grupoSale al 102 % de la mediana de su uso y provincia.
·Depósito del 5,0 %12.337 € inmovilizados para poder pujar. Es el mínimo que la ley pedía para los procedimientos anteriores a abril de 2025, así que no distingue a este expediente de los demás de su época.
La misma subasta se lee distinto desde cada lado, y al titular le conviene saber lo que ve el mercado: cuanto menos atractiva resulte la operación, menos competencia habrá y más bajo se rematará lo suyo. Confianza del análisis: baja — faltan 2 datos que el portal no publica.
Dos incógnitas se repiten en casi todas las subastas judiciales.
Restar por algo que ocurre siempre hundiría todas las notas sin distinguir
un inmueble de otro, así que van aquí y no en la puntuación. Pero hay que
contar con ellas antes de pujar.
La situación posesoria casi nunca se acredita
En el 92,6 % de los expedientes vigilados el portal declara «No consta». Puede estar ocupado, y el desalojo añade meses y coste. No se resta por ello porque no distingue a este inmueble de ningún otro: es el riesgo de comprar en subasta judicial, y hay que darlo por supuesto en cualquier puja.
La visita casi nunca se acredita
En el 65,0 % de los casos no consta que se pueda inspeccionar. El estado de conservación es una incógnita que en un inmueble antiguo puede ser una reforma entera. Tampoco resta, por lo mismo.
Trabajamos para quien nos contrate primero en cada expediente.
Si ya estamos actuando para una de las partes, no aceptamos el encargo de la
contraria. Además de ser lo correcto, un informe emitido con contraposición de
intereses es tachable conforme al artículo 343.1 de la Ley de
Enjuiciamiento Civil —su causa 2.ª, tener interés directo o indirecto
en el asunto o en otro semejante, y la 3.ª, contraposición de intereses con
alguna de las partes—. La tacha no aparta al perito ni anula el dictamen: el
artículo 344.2 dispone que el tribunal la tenga en cuenta, sin más trámites,
al valorar la prueba. Es decir, no lo tira; le resta la fuerza
justo cuando hace falta que la tenga.
¿Hay margen aquí?
Lo medido y lo que falta, separado. Lo primero sale de casos reales; lo
segundo no lo publica el Portal en ningún expediente.
Se remata al 56 % del valor de salida,
que es la mediana de 338 casos comparables en Murcia.
Sobre 246.747 € de salida, eso sitúa el remate esperado en
138.179 €.
Eso es el precio, no el beneficio. Para saber si hay
margen faltan cuatro cosas, y ninguna consta en el expediente:
La posesión. El Portal declara «No consta» en el 92,6 % de los expedientes que vigilamos,
y este es uno de ellos. Si está ocupado, el desalojo añade meses y coste
antes de poder vender.
El estado. No consta que se pueda inspeccionar, como en el 65,0 % de los casos. En un
inmueble antiguo la diferencia entre entrar y reformar entero no la
absorbe ningún descuento.
El impuesto, y no es lo que parece. El suelo son
14.805 € —el 6 % que la ley aplica cuando la comunidad no ha
aprobado tipo propio, artículo 11 del texto refundido—, y casi todas lo
han aprobado por encima. Pero lo que decide la cifra es otra cosa: el
artículo 39 del Reglamento dice que en subasta pública la base es
lo pagado, y el artículo 10.2 del texto refundido, tras la Ley
11/2021, dice que en inmuebles es el valor de referencia del
Catastro. Si manda el segundo, rematar barato no abarata el
impuesto — y ese valor no se puede consultar sin certificado, así que no
se sabe antes de pujar. Comprobado en el BOE consolidado el
2026-07-31.
Las cargas anteriores. Subsisten tras la adjudicación
—arts. 668.2 y 670.5 LEC, o art. 97.6 del Reglamento General de Recaudación
en un apremio administrativo— y hay que comprobarlas en el Registro antes de
pujar, no después.
Por eso no publicamos un porcentaje de beneficio: sería inventarlo. Lo que
sí se puede hacer es cerrar esas cuatro incógnitas con una
tasación pericial firmada, que es lo que convierte
un descuento medido en una decisión.
Ficha catastral
Uso
Residencial
Superficie construida
197 m²
De la que es privativa
11 m²el resto son elementos comunes
Año de construcción
200818 años
Situación en el edificio
escalera T · planta OD · puerta OS
Participación
100 %cuota en los elementos comunes
Precio por metro de salida
1.253 €/m²
Frente a su comparable
102 % de la mediana1.226 €/m² en Residencial de Murcia
Dirección catastral
CL San Isidro 36 30510 Yecla (Murcia)
Desglose de lo construido
Aparcamiento
56 m²
Vivienda
11 m²
Vivienda
67 m²
Vivienda
63 m²
Datos de la Dirección General del Catastro, fuente pública.
No incluyen titularidad, que es dato protegido y que no manejamos.
Punto exacto de la parcela, según la cartografía del Catastro.
Datos del expediente
Identificador
SUB-JA-2026-257624
Tipo
JUDICIAL EN VÍA DE APREMIO
Estado
Anunciada, sin fechas
Órgano
Unidad de Subastas Judiciales Región de Murcia
Valor de salida
246.747 €
Cantidad reclamada
171.571 €
Tasación en el expediente
No consta
Depósito para pujar
12.337 €
Tramos entre pujas
2.467 €
Cierre
No publicado
Cargas anteriores
Se cancelan la carga registral que da lugar a esta subasta y todas las posteriores. Se mantendrán las cargas o gravámenes anteriores o del mismo rango, y quien se adjudique el inmueble se subroga en la responsabilidad que garantizan. Los interesados han de comprobar qué cargas existen y su estado actual. Además del precio ofrecido y esas posibles cargas, se han de abonar otros gastos e impuestos, por lo que antes de participar es conveniente consultar con expertos.«Se cancelan la carga registral que da lugar a esta subasta y todas las posteriores. Se mantendrán las cargas o gravámenes anteriores o del mismo rango, y quien se adjudique el inmueble se subroga en la responsabilidad que garantizan. Los interesados han de comprobar qué cargas existen y su estado actual. Además del precio ofrecido y esas posibles cargas, se han de abonar otros gastos e impuestos, por lo que antes de participar es conveniente consultar con expertos.» — hay cargas y el expediente no dice de cuánto
Referencia catastral
4453003XH6745C0001IF
Inscripción registral
Finca registral 4_36050. Registro de la Propiedad de Yecla
La mitad de los casos comparables se remató entre
103.634 € y 187.529 €.
Comparable usado
Vivienda · Murcia
Casos observados
338
Fracción mediana del valor de salida
56 %
Salido de subastas ya concluidas que hemos observado antes de que el BOE
cerrase su acceso. No es una tasación: es lo que ha pasado en casos
parecidos. Lo que sostiene una decisión es la pericial firmada.
Relación entre deuda y valor
1,4×
Sale por 1,4 veces la deuda que lo origina.
Remanente teórico
75.176 €sobre el valor de salida
Remanente esperado
0 €aplicando el remate mediano del 56 % de Vivienda · Murcia
Horquilla
0 € – 89.983 €percentiles 10 y 90
El valor de salida no es un precio: El remanente teórico usa el valor de salida. El esperado aplica el remate mediano de los 338 casos comparables de su tipo y provincia: 56 %. La horquilla cubre del percentil 10 al 90.
Ninguna de estas cifras descuenta costas, intereses ni cargas anteriores.
Riesgos detectados
Situación posesoria no acreditada
El portal declara "No consta (Según el decreto de subasta, no consta la situación posesoria. En la certificación catastral figura el inmueble como domicilio de los demandados)". Puede estar ocupado y el desalojo añade tiempo y coste imposibles de estimar desde aquí.
Tasación no consta (0,00 €)
Sin valor de tasación en el expediente no hay ancla objetiva de precio. Es exactamente el hueco de una pericial.
Visita no acreditada
No consta que se pueda inspeccionar. El estado de conservación es una incógnita con impacto directo en el coste.
¿Qué puede hacer ahora?
Este análisis sale de datos públicos y es orientativo. Lo que decide un
procedimiento es una tasación pericial firmada, y eso
solo lo puede emitir un perito.
Si es usted el titular del inmueble, indíquelo al pedir el informe: el
enfoque para defender un patrimonio no es el mismo que para comprarlo, y
no trabajamos para los dos lados del mismo expediente.
De dónde sale esta página, y cómo se quita
Todo lo que hay aquí procede del anuncio de la subasta y del Portal de
Subastas del BOE, que son públicos. No guardamos el nombre de
ninguna persona. El art. 645.1 LEC prevé que la
subasta se publicite «utilizando los medios públicos y privados que sean
más adecuados», y a eso responde esta ficha.
Si el bien es suyo y no quiere que esta página aparezca en los buscadores,
dígalo aquí y deja de indexarse. No hace falta que se identifique
ni que explique nada — no se lo vamos a preguntar y no queremos
guardarlo.
Se anota el identificador del expediente y la fecha, nada más.
Ver el aviso legal.